Excluir del anexo II de la Orden 849/2026 de 31 de julio, a doña Luz María Soria Porras que, por error, había sido incluida en el susodicho anexo.
Incluir en el anexo I de la Orden PJC/849/2026 de 31 de julio, y, por consiguiente, proceder a su nombramiento como funcionaria de carrera, a doña Luz María Soria Porras:
| Orden | Ámbito | NIF | Apellidos y nombre | Nota oposición | Nota concurso | Puntuación total |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 315bis | Andalucía. | 77516**** | Soria Porras, Luz María. | 65 | 43,5 | 108,5 |
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 27 de agosto de 2026.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Secretaria General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.