Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., y la Fundación Pública Escuela de Organización Industrial, F.S.P., para la organización y el desarrollo de programas formativos.

Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., y la Fundación Pública Escuela de Organización Industrial, F.S.P., para la organización y el desarrollo de programas formativos.

Estado: Vigente
Órgano emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Rango: Resolución
Fecha: 23/03/2026
Fecha de publicación: 30/03/2026
Boletín: Boletín Oficial del Estado
Marginal: 72355578

El Director General del Instituto de Estudios Fiscales, O.A., y el Director General de la Fundación Pública Escuela de Organización Industrial, F.S.P., han suscrito, con fecha de 16 de enero de 2026, un convenio para la organización y el desarrollo de programas formativos.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución.

Madrid, 23 de marzo de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

REUNIDOS

De una parte, don Alain Cuenca García, como Director General del Instituto de Estudios Fiscales (en adelante, IEF), nombrado por Real Decreto 924/2018, de 20 de julio, y en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE 27 de enero), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Instituto de Estudios Fiscales, y con domicilio social en avenida Cardenal Herrera Oria, 378 – 28035 Madrid.

De otra, don Diego Crescente de Antonio, Director General de la Fundación EOI F.S.P., actuando, en virtud de los poderes conferidos por el Patronato, en nombre y representación de la Fundación EOI F.S.P. (en adelante, EOI), y con domicilio social en avenida Gregorio del Amo 6, 28040 Madrid.

Ambas partes se reconocen, en la representación que ostentan, plena competencia y capacidad para firmar el presente convenio, y a tal efecto,

EXPONEN

1. Que el IEF es un organismo autónomo de los previstos en el título II, capítulo III, sección 2.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Hacienda, que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en las demás disposiciones aplicables a los organismos autónomos de la Administración General del Estado, así como por su estatuto.

Que corresponde al IEF, de acuerdo con el artículo 3, apartados b, c) y d) de su estatuto, ejercer: de un lado, la asistencia y colaboración con los órganos de la Administración encargados de convocar las pruebas de acceso para la selección de funcionarios de Cuerpos adscritos a los Ministerios de Hacienda y Función Pública y de Asuntos Económicos y Transformación Digital con funciones de administración y gestión de la Hacienda Pública; y de otro lado, la formación de funcionarios y otro personal en las materias específicas de la Hacienda Pública.

2. EOI es una Fundación del sector público estatal dedicada a formar profesionales, producir y difundir conocimiento y ofrecer servicios de valor a empresas, emprendedores y administraciones, en los valores de una economía abierta, social, verde y digital.

3. La EOI y el IEF vienen colaborando tradicionalmente en la realización de este tipo de programas formativos en materia de Dirección pública; asimismo, como consecuencia de los Fondos europeos NextGeneration y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) se intensificó esta colaboración para, aprovechando esa experiencia previa, desarrollar e impartir unos programas formativos de Liderazgo digital y Big Data para la Administración pública durante el periodo 2023 a 2025 que duró dicho Plan.

A la vista del éxito incuestionable de dichos programas ambas entidades consideran de gran interés mantener esta colaboración para llevar a cabo este nuevo proyecto que dé continuidad a esta formación superado ya el proyecto del PRTR.

En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente documento, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto establecer la forma en que ambas partes cooperarán en la ejecución e impartición de un «Programa de formación en Liderazgo digital para el Ministerio de Hacienda», un «Programa de formación en Estrategia de Big Data para el Ministerio de Hacienda» y un «Programa online en Ciencia de Datos Aplicada para el Ministerio de Hacienda», dirigidos a los profesionales de dicho Ministerio y de todos sus centros y organismos adscritos o dependientes.

Las partes se obligan específicamente a colaborar conjuntamente en la organización y gestión de los programas formativos, asumiendo para ello los compromisos contenidos en el presente convenio.

El desarrollo de los cursos será durante el tiempo de eficacia del convenio.

Segunda. Actuaciones a desarrollar por parte del IEF.

El IEF se compromete a:

–?Colaborar conjuntamente en la definición y diseño del proyecto de formación.

–?Seleccionar a los alumnos participantes en los programas, en colaboración con los centros directivos.

–?Supervisar todo el proceso de ejecución e impartición de los programas, así como colaborar con EOI en dicha labor, aportando los expertos necesarios para tal fin.

–?Aportar las aulas y salas para la celebración de las sesiones que se celebren en la sede del IEF.

–?Proporcionar y gestionar el espacio virtual donde se desarrollarán los módulos lectivos previstos durante el curso en los programas que se determine.

–?Dotar a los participantes de toda la documentación de los módulos lectivos gestionados por IEF.

–?Emisión conjunta de los diplomas con EOI.

Tercera. Actuaciones a desarrollar por parte de la EOI.

Por su parte, la EOI se compromete a:

–?Organizar y gestionar conjuntamente los programas, así como llevar a cabo la coordinación académica.

–?Aportar en colaboración con IEF los medios humanos que la realización de los programas requiera (profesorado y expertos).

–?Dotar a los participantes de toda la documentación en formato electrónico, de módulos, conferencias, casos de estudio, etcétera, que EOI gestione.

–?Aportar y gestionar las aulas, espacios de trabajo y salas de EOI durante el desarrollo de las sesiones lectivas celebradas en la sede de la EOI.

–?Diseñar y organizar las actividades de exterior correspondientes a los módulos que lo requieran.

–?Organizar las presentaciones y actos del programa, en colaboración con el IEF.

–?Llevar a cabo las tutorías de los proyectos de investigación de los alumnos, así como los procesos de mentoring/coaching.

–?Asumir la dirección y coordinación de las reuniones de trabajo y de seguimiento de los resultados del Programa.

–?Emisión conjunta de los diplomas con IEF.

–?Organizar y gestionar los servicios y actividades correspondientes a los periodos residenciales que se celebren.

–?Asumir los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del personal de la organización y del profesorado, con motivo de los periodos residenciales que se organicen.

–?Asumir los gastos de alojamiento y manutención del alumnado durante los periodos residenciales.

–?Proporcionar y gestionar el espacio virtual donde se desarrollarán los módulos lectivos previstos de los programas que se determinen.

Cuarta. Financiación.

El presupuesto total de las actividades previstas para el desarrollo del convenio asciende a un máximo de 1.218.495,00 euros; este presupuesto se ha calculado para una previsión de 25 alumnos para cada programa y edición de Liderazgo digital y de Estrategia big data y de 30 alumnos para cada edición del programa de Ciencia de datos.

1. La EOI financiará la cantidad de 157.334,25 euros de acuerdo con el desglose del anexo I que se adjunta al presente convenio.

El IEF contribuirá a los programas con una aportación máxima de 1.061.160,75 euros de conformidad con el desglose contenido en el anexo I, y que se imputará a la aplicación presupuestaria 15.101.923N.226.06 de su presupuesto de gasto para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, siempre que para ello exista crédito adecuado y suficiente.

El IEF ingresará las cantidades recogidas en el anexo I en la cuenta corriente a nombre de la EOI que a tal efecto comunique al IEF.

El pago a EOI de dicha aportación se realizará, una vez el convenio sea eficaz, de la siguiente forma:

–?Durante el mes de junio de 2026: 176.860,13 euros, previa presentación por la EOI de la correspondiente nota de cargo, así como de la memoria de las actividades realizadas hasta esa fecha.

–?Antes del 15 de diciembre de 2026: 176.860,12 euros como máximo, una vez finalizado los programas y previa liquidación de los gastos realizados. En caso de que existiera alguna cuantía sobrante en las partidas financiadas exclusivamente por el IEF se reintegraría en su totalidad al mismo. Si la cuantía sobrante afectase a partidas cofinanciadas por ambas partes se reintegraría a cada una de ellas la parte proporcional de acuerdo con el desglose del presupuesto adjunto.

–?Durante el mes de junio de 2027: 176.860,13 euros, previa presentación por la EOI de la correspondiente nota de cargo, así como de la memoria de las actividades realizadas hasta esa fecha.

–?Antes del 15 de diciembre de 2027: 176.860,12 euros como máximo, una vez finalizado los Programas y previa liquidación de los gastos realizados. En caso de que existiera alguna cuantía sobrante en las partidas financiadas exclusivamente por el IEF se reintegraría en su totalidad al mismo. Si la cuantía sobrante afectase a partidas cofinanciadas por ambas partes se reintegraría a cada una de ellas la parte proporcional de acuerdo con el desglose del presupuesto adjunto.

–?Durante el mes de junio de 2028: 176.860,13 euros, previa presentación por la EOI de la correspondiente nota de cargo, así como de la memoria de las actividades realizadas hasta esa fecha.

–?Antes del 15 de diciembre de 2028: 176.860,12 euros como máximo, una vez finalizado los Programas y previa liquidación de los gastos realizados. En caso de que existiera alguna cuantía sobrante en las partidas financiadas exclusivamente por el IEF se reintegraría en su totalidad al mismo. Si la cuantía sobrante afectase a partidas cofinanciadas por ambas partes se reintegraría a cada una de ellas la parte proporcional de acuerdo con el desglose del presupuesto adjunto.

La justificación, tanto de los gastos asumidos por EOI como de los gastos financiados por el IEF, deberá realizarse mediante una memoria justificativa del cumplimiento de los objetivos previstos y de los gastos reales de acuerdo con el anexo I, a los que se añadirá la acreditación documental de los mismos.

1. Para la justificación de costes externos, éstos serán justificables de acuerdo a los importes que figuren en las facturas pagadas durante el curso para sufragar los gastos derivados de las actividades realizadas en el programa, para lo que se presentará un listado detallado de gastos.

De modo complementario, EOI pondrá a disposición de IEF los correspondientes originales y fotocopias de dichas facturas (o documentos de valor probatorio) con el fin de que puedan ser requeridos para realizar posibles comprobaciones.

2. La justificación de los costes internos (equipo humano, material didáctico, aulas y espacios de trabajo no comprendiéndose en ningún caso en dichos costes el pago de personal externo docente) se hará mediante un certificado expedido por EOI con el desglose de los costes incurridos, teniendo en cuenta las tarifas aprobadas por el antiguo Ministerio de Industria, Energía y Turismo, correspondientes a cada ejercicio en el que se produzcan los gastos, aportando fotocopia de dichas tarifas.

A efectos de justificación económica, este convenio amparará los gastos realizados entre la fecha de efectos del convenio y la fecha de finalización del Programa. La fecha de finalización del plazo de justificación para los Programas de formación será el 30 de noviembre de cada año (2026, 2027 y 2028).

Quinta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

Las partes no consideran necesario crear una comisión de coordinación específica que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los equipos técnicos y responsables de ambas instituciones estarán en estrecho contacto, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena coordinación de las acciones y el óptimo desarrollo de las mismas. Serán los encargados del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.

Los equipos responsables estarán representados por dos responsables del proyecto por cada una de las partes. Por parte del IEF será el Director de la Escuela de Hacienda Pública y el Jefe de Estudios de Formación responsable del Programa. Por parte de la EOI, el Director del Área de Postgrado y Executive Education y la Directora Ejecutiva del Programa. La celebración de estas reuniones no supondrá gasto alguno para el presupuesto del IEF.

Sexta. Protección de datos y confidencialidad.

En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter personal, las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:

1. En el tratamiento de los datos personales, las partes tendrán la consideración de «Corresponsables del tratamiento» y asumen de mutuo acuerdo sus respectivas responsabilidades especificadas en la presente cláusula, en aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD).

2. Los datos derivados de este convenio serán de carácter identificativo y financiero, estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el objeto establecido en la cláusula primera del convenio.

3. La base de legitimación para la obtención de los datos vendrá dada; por un lado, por los fines del convenio; y por otro, de la legitimación de las partes dada su naturaleza:

El IEF está legitimado tanto por el artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se crea, como por el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE de 27 de enero), por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo, entre cuyas funciones se encuentra la cooperación y coordinación con otros centros, universidades, etc., en materia de estudios e investigación.

EOI está constituida por el Ministerio de Industria y Energía en virtud de la autorización contenida en el artículo 154 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, según escritura de 21 de marzo de 1997, n.º 824 de protocolo de la Notario de Madrid doña María del Rosario Algora Wesolowski e inscrita en el Registro de Fundaciones por orden ministerial de 5 de junio de 1997 (asiento n.º 340). Por ello, la Fundación se constituye con la finalidad general de potenciar la formación y la realización y promoción de estudios e investigaciones científicas y técnicas fundamentalmente en los ámbitos de la industria, el medio ambiente, la innovación, las nuevas tecnologías, la pequeña y mediana empresa, la propiedad industrial y la economía y la prospectiva sobre la evolución de la ciencia y la tecnología y su impacto e influencia en el sector productivo y en la sociedad y en concreto contribuir a la formación específica del personal del sector público en los ámbitos de su competencia.

4. En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten a los sistemas objeto de este convenio, según establece el RGPD en su artículo 33, las partes se comprometen a informarse mutuamente con la máxima celeridad posible (a más tardar en el plazo de veinticuatro horas) con objeto de identificar si el incidente es susceptible de comunicación a la Autoridad de Control (la Agencia Española de Protección de Datos) y a las personas concernidas. A su vez, las partes se comprometen a colaborar para resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir incidentes similares.

5. Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y a la protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.

6. Durante la vigencia del convenio, cuando para el ejercicio de la función educativa, cuyo fundamento se basa en el artículo 6.1.e) del RGPD, fuese necesaria la grabación y retransmisión de las sesiones de cursos o seminarios, ésta se realizará utilizando las herramientas oficiales de una de las partes e informará a las demás de dicha circunstancia. Así mismo, los interesados, alumnos y profesores serán informados de sus derechos, contemplados en los artículos 13 y 14 del RGPD.

De acuerdo con los derechos que les confiere la normativa vigente en materia de protección de datos, los interesados podrán dirigirse a la Autoridad de Control competente, para presentar la reclamación que consideren oportuna, así como también podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de los datos de carácter personal, dirigiendo su petición al Delegado de Protección de Datos de la EOI (dpo@ascendiarc.es), o al Delegado de Protección de Datos del IEF (dpdief@ief.hacienda.gob.es).

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como el RGPD y demás normativa vigente.

Las partes conocen y aceptan que cualquier información o material proporcionado y relacionado con la ejecución del presente convenio tendrá el carácter de confidencial y será tratado como tal, empleando para tal fin idénticos dispositivos, medidas y procedimientos de seguridad a los utilizados para proteger su propia documentación confidencial durante toda la vigencia del convenio y de forma indefinida desde su terminación.

Cada una de las partes se compromete a no revelar información confidencial a ningún tercero salvo que sea estrictamente necesario en virtud de los derechos y compromisos derivados del presente convenio o salvo que sea de dominio público o que ya se conociera por cualquiera de las otras partes por medios legítimos. En este caso se requerirá autorización por escrito de las otras partes además de obligarse a poner en marcha los procedimientos necesarios para prohibir la revelación, la duplicación sin autorización, el uso fraudulento o la eliminación de dicha información confidencial. Todo ello sin perjuicio de su revelación cuando ello sea necesario por requerimiento ajustado a Derecho de autoridades judiciales o administrativas competentes.

Séptima. Eficacia y duración.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio tendrá una duración de tres años.

El presente convenio se perfeccionará con la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, este convenio será publicado, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado».

Octava. Extinción, modificación y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución.

Las causas de resolución del presente convenio son, junto con la imposibilidad sobrevenida de su realización, las contempladas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que producirán los efectos señalados en el artículo 52 de dicha norma.

En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes del convenio, se notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de treinta días naturales con las obligaciones o compromisos incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los responsables de los equipos técnicos mencionados en la cláusula quinta. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora, la concurrencia de la causa de resolución y se podrá entender resuelto el convenio. La resolución del convenio no dará lugar a indemnización alguna.

La extinción del presente convenio no afectará a las actividades derivadas de los proyectos de formación conjuntos iniciados y pendientes de ejecución, que continuarán el tiempo preciso hasta su finalización. Transcurrido dicho plazo el convenio deberá liquidarse.

El presente convenio podrá ser modificado mediante acuerdo expreso y unánime de las partes, que deberá formalizase mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Naturaleza jurídica y jurisdicción aplicable.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en el capítulo VI, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Para resolver cuantas dudas o lagunas pudieran producirse en la interpretación, ejecución, efectos, modificación y resolución del convenio, será de aplicación lo dispuesto en el propio convenio, y en su defecto, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en el resto del ordenamiento jurídico.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación, cumplimiento, extinción y efectos del presente convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares, los firmantes suscriben electrónicamente el presente convenio a fecha 16 de enero de 2026.–El Director General del Instituto de Estudios Fiscales, O.A., Alain Cuenca García.–El Director General de la Fundación Pública Escuela de Organización Industrial, F.S.P., Diego Crescente de Antonio.

IEF-Programa de Formación en Liderazgo Digital IV 2026

Concepto

IEF

Euros

EOI

Euros

Total

Euros

Año 2026

Equipo Humano (coste interno). 70.754,00 12.486,00 83.240,00
Profesorado (coste externo). 42.245,00 7.455,00 49.700,00
Material didáctico (coste interno). 1.275,00 225,00 1.500,00
Gastos adicionales de compras de casos. 1.700,00 300,00 2.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 7.650,00 1.350,00 9.000,00
Mentoring y Tutorías (coste externo). 15.130,00 2.670,00 17.800,00
Otros gastos: Actividades apoyo en exterior. 3.485,00 615,00 4.100,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). 4.845,00 855,00 5.700,00
Colaboraciones IEF (coste externo). 10.000,00 10.000,00
Gastos asociados a periodos residenciales. 66.310,00 3.490,00 69.800,00
Gasto total. 223.394,00 29.446,00 252.840,00

IEF-Programa de Formación en Liderazgo Digital V 2027

Concepto

IEF

Euros

EOI

Euros

Total

Euros

Año 2027
Equipo Humano (coste interno). 70.754,00 12.486,00 83.240,00
Profesorado (coste externo). 42.245,00 7.455,00 49.700,00
Material didáctico (coste interno). 1.275,00 225,00 1.500,00
Gastos adicionales de compras de casos. 1.700,00 300,00 2.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 7.650,00 1.350,00 9.000,00
Mentoring y Tutorías (coste externo). 15.130,00 2.670,00 17.800,00
Otros gastos: Actividades apoyo en exterior. 3.485,00 615,00 4.100,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). 4.845,00 855,00 5.700,00
Colaboraciones IEF (coste externo). 10.000,00 10.000,00
Gastos asociados a periodos residenciales. 66.310,00 490,00 69.800,00
Gasto total. 223.394,00 29.446,00 252.840,00

IEF-Programa de Formación en Liderazgo Digital VI 2028

Concepto

IEF

Euros

EOI

Euros

Total

Euros

Año 2028
Equipo Humano (coste interno). 70.754,00 12.486,00 83.240,00
Profesorado (coste externo). 42.245,00 7.455,00 49.700,00
Material didáctico (coste interno). 1.275,00 225,00 1.500,00
Gastos adicionales de compras de casos. 1.700,00 300,00 2.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 7.650,00 1.350,00 9.000,00
Mentoring y Tutorías (coste externo). 15.130,00 2.670,00 17.800,00
Otros gastos: Actividades apoyo en exterior. 3.485,00 615,00 4.100,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). 4.845,00 855,00 5.700,00
Colaboraciones IEF (coste externo). 10.000,00 10.000,00
Gastos asociados a periodos residenciales. 66.310,00 3.490,00 69.800,00
Gasto total. 223.394,00 29.446,00 252.840,00

Presupuesto Programa Estrategia Big Data IV/2026

Concepto 2026

Total

Euros

IEF

Euros

EOI

Euros

Equipo Humano (coste interno). 38.479,50 6.790,50 45.270,00
Profesorado (coste externo). 27.200,00 4.800,00 32.000,00
Material didáctico (coste interno). 1.275,00 225,00 1.500,00
Gastos adicionales de compras de casos. 850,00 150,00 1.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 5.100,00 900,00 6.000,00
Mentoring y Tutorías (coste externo). 14.322,50 2.527,50 16.850,00
Otros gastos: Gastos auxiliares docentes. 340,00 60,00 400,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). -   -
Colaboraciones IEF (coste externo). -   -
Gasto total. 87.567,00 15.453,00 103.020,00

Presupuesto Programa Estrategia Big Data V/2027

Concepto 2027

Total

Euros

IEF

Euros

EOI

Euros

Equipo Humano (coste interno). 38.479,50 6.790,50 45.270,00
Profesorado (coste externo). 27.200,00 4.800,00 32.000,00
Material didáctico (coste interno). 1.275,00 225,00 1.500,00
Gastos adicionales de compras de casos. 850,00 150,00 1.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 5.100,00 900,00 6.000,00
Mentoring y Tutorías (coste externo). 14.322,50 2.527,50 16.850,00
Otros gastos: Gastos auxiliares docentes. 340,00 60,00 400,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). -   -
Colaboraciones IEF (coste externo). -   -
Gasto total. 87.567,00 15.453,00 103.020,00

Presupuesto Programa Estrategia Big Data VI/2028

Concepto 2028

Total

Euros

IEF

Euros

EOI

Euros

Equipo Humano (coste interno). 38.479,50 6.790,50 45.270,00
Profesorado (coste externo). 27.200,00 4.800,00 32.000,00
Material didáctico (coste interno). 1.275,00 225,00 1.500,00
Gastos adicionales de compras de casos. 850,00 150,00 1.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 5.100,00 900,00 6.000,00
Mentoring y Tutorías (coste externo). 14.322,50 2.527,50 16.850,00
Otros gastos: Gastos auxiliares docentes. 340,00 60,00 400,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). -   -
Colaboraciones IEF (coste externo). -   -
Gasto total. 87.567,00 15.453,00 103.020,00

Presupuesto Programa OL Reducido (Programa online en Ciencia de Datos Aplicada) I /2026

Concepto 2026

Total

Euros

IEF

Euros

EOI

Euros

Equipo Humano (coste interno). 17.939,25 3.165,75 21.105,00
Profesorado (coste externo). 18.700,00 3.300,00 22.000,00
Material didáctico (coste interno). 1.530,00 270,00 1.800,00
Gastos adicionales de compras de casos. 850,00 150,00 1.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 3.315,00 585,00 3.900,00
Mentoring y Tutorías (coste externo).     -
Otros gastos: Gastos auxiliares docentes, mensajería y otros. 425,00 75,00 500,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). - - -
Colaboraciones IEF (coste externo). - - -
Gasto total. 42.759,25 7.545,75 50.305,00

Presupuesto Programa OL Reducido (Programa online en Ciencia de Datos Aplicada) II /2027

Concepto 2027

Total

Euros

IEF

Euros

EOI

Euros

Equipo Humano (coste interno). 17.939,25 3.165,75 21.105,00
Profesorado (coste externo). 18.700,00 3.300,00 22.000,00
Material didáctico (coste interno). 1.530,00 270,00 1.800,00
Gastos adicionales de compras de casos. 850,00 150,00 1.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 3.315,00 585,00 3.900,00
Mentoring y Tutorías (coste externo).     -
Otros gastos: Gastos auxiliares docentes, mensajería y otros. 425,00 75,00 500,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). - - -
Colaboraciones IEF (coste externo). - - -
Gasto total. 42.759,25 7.545,75 50.305,00

Presupuesto programa OL reducido (Programa online en Ciencia de Datos Aplicada) III /2028

Concepto 2028

Total

Euros

IEF

Euros

EOI

Euros

Equipo Humano (coste interno). 17.939,25 3.165,75 21.105,00
Profesorado (coste externo). 18.700,00 3.300,00 22.000,00
Material didáctico (coste interno). 1.530,00 270,00 1.800,00
Gastos adicionales de compras de casos. 850,00 150,00 1.000,00
Coordinación Académica (coste externo). 3.315,00 585,00 3.900,00
Mentoring y Tutorías (coste externo).     -
Otros gastos: Gastos auxiliares docentes, mensajería y otros. 425,00 75,00 500,00
Aulas y espacios de trabajo (coste interno). - - -
Colaboraciones IEF (coste externo). - - -
Gasto total. 42.759,25 7.545,75 50.305,00

Descargar original

Buscar en el texto