Impugnación de sanción disciplinaria de suspensión de empleo y sueldo por falta de acreditación de hechos y vicios en el procedimiento
Fecha de resolución del caso: 10/06/2026Número: 14402
Materia: Derecho Social Especialidad: / Derecho Social / Proceso Laboral Tipo de caso: Caso Judicial
El caso
Supuesto de hecho
Madrid, 01/07/2021
La trabajadora prestaba servicios como personal laboral fijo desde el 4 de septiembre de 2020, con la categoría de Ayudante de Actividades Técnicas y Profesionales, en el Hospital Central de la Defensa, con un salario bruto mensual prorrateado de 2.616,06 euros. Con anterioridad, había prestado servicios laborales sin solución de continuidad desde el 17 de agosto de 2017, y no ostentaba ni había ostentado durante el último año la representación legal de los trabajadores.
La Administración inició un primer expediente disciplinario, por un parte dado por un capitán, imputando a la trabajadora nueve hechos calificados como presunta falta muy grave al amparo del artículo 102.g) del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Dicho expediente finalizó con resolución acordando la caducidad. Posteriormente, se inició el expediente disciplinario, que concluyó con resolución sancionadora de suspensión de empleo y sueldo por dos años.
La trabajadora interpuso Demanda de impugnación de sanción disciplinaria contra el Ministerio de Defensa, solicitando la nulidad radical de la sanción por vulneración de derechos fundamentales y, subsidiariamente, la improcedencia de la sanción impuesta. También solicitó una indemnización de 7.501 euros por daños morales al amparo de los artículos 183 LRJS y 40.1.c LISOS.
En la Demanda se alegó, en síntesis, la existencia de duplicidad sancionadora por haberse iniciado el expediente 1/2025 tras la caducidad del expediente 1/2024 por los mismos hechos, así como defectos en la notificación, vulneración del derecho de defensa y falta de acceso pleno y efectivo al expediente durante su tramitación. La demandada se opuso, defendiendo la regularidad del procedimiento y la posibilidad de iniciar un nuevo expediente cuando la falta no hubiera prescrito.
El Juzgado de lo Social estimó la Demanda de impugnación de sanción al concluir que, de la prueba practicada, no habían quedado acreditadas las faltas imputadas ni su gravedad. La Sentencia apreció que las testificales estaban viciadas y no podían servir como prueba de cargo suficiente, por lo que dejó sin efecto la sanción impuesta en el expediente 1/2025.
Objetivo: cuestión planteada
Dña. Beatriz buscaba la anulación de la sanción disciplinaria de dos años de suspensión de empleo y sueldo impuesta por el Ministerio de Defensa. Su objetivo principal era que se declarara la nulidad radical de la sanción por considerar que vulneraba sus derechos fundamentales, o subsidiariamente su improcedencia, y que se le reconociera una indemnización por los daños morales sufridos a causa de lo que consideraba un acoso institucional y una represalia por sus denuncias previas.
La estrategia: solución propuesta
La estrategia del letrado de Dña. Beatriz se centró en argumentar la nulidad radical de la sanción disciplinaria. Se alegó la vulneración del principio non bis in idem, dado que el expediente sancionador 1/2025 era una reproducción idéntica de uno anterior caducado. Además, se defendió la vulneración del derecho de defensa por falta de acceso al expediente y la parcialidad de instructores y testigos, así como la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y de indemnidad, al considerar la sanción una represalia por denuncias de acoso. El Juzgado acogió la falta de acreditación de los hechos imputados y la ausencia de garantías en el procedimiento.