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Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
TÍTULO I Medidas para el desarrollo ordenado y el impulso de las energías renovables
Artículo 1. Criterios para ordenar el acceso y la conexión a las redes de transporte y distribución de electricidad.
Artículo 2. Desarrollo ordenado de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables.
Artículo 3. Modificación del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
«ANEXO II Criterios para considerar que una instalación de generación de electricidad es la misma a efectos de los permisos de acceso y conexión concedidos o solicitados
TÍTULO II Medidas para el impulso de nuevos modelos de negocio
Artículo 4. Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
«ANEXO Autorización administrativa de implantación
TÍTULO III Medidas para el fomento de la eficiencia energética
Artículo 5. Modificación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
TÍTULO IV Otras medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y el empleo
Artículo 6. Destino del superávit de las entidades locales correspondiente a 2019 y aplicación en 2020 de la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 7. Incremento de la deducción en el Impuesto sobre Sociedades por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción.
Artículo 8. Modificación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Artículo 9. Definición temporal de plaza kilómetro.
Artículo 10. Arrendamientos para uso distinto del de vivienda de las entidades administradoras de infraestructuras ferroviarias en su condición de grandes tenedores.
Artículo 11. Ampliación de las habilitaciones para la ejecución de la Oferta de Empleo Público y de los procesos de estabilización de empleo temporal.
Artículo 12. Liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz.
Disposición adicional primera. Capacidad de acceso de los nudos de transición justa.
Disposición adicional segunda. Límites de inversión en las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
Disposición adicional tercera. Destino del superávit del Sector Eléctrico.
Disposición adicional cuarta. Medidas de acompañamiento a las instalaciones acogidas al régimen retributivo específico cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del combustible.
Disposición adicional quinta. Prórroga del periodo transitorio de adaptación de las Sociedades anónimas de gestión de estibadores portuarios.
Disposición adicional sexta. Control sanitario de los pasajeros internacionales.
Disposición transitoria primera. Nuevas solicitudes de permisos de acceso.
Disposición transitoria segunda. Obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2020.
Disposición transitoria tercera. Aplicación de lo dispuesto en el artículo 3 a las autorizaciones administrativas en curso.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, sobre libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada.
“Disposición adicional decimosexta. Libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada.
Disposición final quinta. Títulos competenciales.
Disposición final sexta. Incorporación de normas del Derecho de la Unión Europea.
Disposición final séptima. Salvaguardia del rango de ciertas disposiciones reglamentarias.
Disposición final octava. Desarrollo reglamentario y habilitación normativa.
Disposición final novena. Entrada en vigor.
ANEXO Listado de nudos de transición justa