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EDICTO sobre juicio de guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados (exp. 136/2017).

Estado : Vigente
Rango : Edicto
Fecha: 21-09-2017
Fecha de Publicación: 04-10-2017
Boletín : Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña
Marginal : 70490423

Texto Completo :

Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Barcelona (Familia)

Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 4 - Barcelona CP.: 08075

TEL: 935549417

FAX: 935549517

E-MAIL: instancia17.barcelona@xij.gencat.cat

Juicio: Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 136/2017

Sección: 6

Sobre: Guarda y custodia no consensuada con medidas o alimentos entre progenitores

Parte demandante: Varduhi Ghukasyan

Procurador: Jacinto Oliva Barriga

Abogado: Nieves De Cossio Rodriguez

Parte demandada: Armen Khachatryan

Procurador:

Abogado:

 

Carmen Vázquez Trigueros Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Barcelona (Familia), hago saber que:

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada Armen Khachatryan y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), he acordado notificarle la Sentencia de fecha 17 de julio de 2017 por medio de este edicto.

Contra dicha resolución la parte demandada rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

El recurso lo debe interponer mediante un escrito que debe presentar en este Órgano dentro del plazo de VEINTE días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que debe exponer las alegaciones en que base la impugnación, citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Además, debe constituir, en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano judicial, el depósito a que se refiere la DA 15ª de la LOPJ reformada por la LO 1/2009, de 3 de noviembre. Sin estos requisitos no se le admitirá la impugnación (arts. 458.1 y 2 LEC).

La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

 

Barcelona, 21 de septiembre de 2017

 

La letrada de la Administración de justicia

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