|
---|
Seguridad Social
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 03-06-2024
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social
- Número: 14192
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ENFERMEDAD PROFESIONAL, Incapacidad permanente, INCAPACIDAD PERMANENTE, Incapacidad permanente
El trabajador, jefe de cocina afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, fue reconocido con Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual desde el 10 de junio de 2022 debido a diversas patologías, entre ellas SAHS grave con repercusión oximétrica, obesidad mórbida, hipertensión arterial mal controlada, linfedema en extremidades inferiores y antecedentes de celulitis. Ante la falta de mejoría en su estado de salud y tras un expediente de revisión, el Instituto Nacional de la Seguridad Social emitió resolución el 10 de abril de 2023, reconociendo una Incapacidad Permanente Absoluta para toda profesión, fundamentada en el agravamiento de sus lesiones y limitaciones funcionales.
Actualmente, el trabajador presenta un cuadro clínico complejo y severo que incluye obesidad supermórbida con disnea de mínimos esfuerzos, síndrome de apnea e hipopnea del sueño grave (SAHS) con necesidad de tratamiento con CPAP, linfedema crónico severo en extremidades inferiores que impide la movilidad y el autocuidado, discopatía degenerativa lumbar y lumbalgia mecánica, diabetes mellitus tipo 2, esofagitis péptica y gastritis crónica, así como un trastorno depresivo persistente de carácter moderado/severo. A raíz de estas patologías, ha sufrido un deterioro progresivo que lo limita de forma significativa en su capacidad funcional. Actualmente necesita una silla de ruedas para desplazarse y la asistencia constante de una tercera persona para realizar actividades básicas de la vida diaria.
En octubre de 2022, se le reconoció un grado de discapacidad del 65% por parte del equipo de valoración y orientación de la Comunidad de Madrid, basándose en sus limitaciones funcionales, con especial énfasis en la movilidad reducida y los factores sociales complementarios. A pesar de los tratamientos recibidos, incluyendo sesiones de rehabilitación, presoterapia, drenaje linfático y el uso de medias compresivas, no ha habido mejoría en su estado, lo que ha agravado su dependencia y deterioro.
Dada esta situación, y considerando que el trabajador padece una pérdida anatómica y funcional irreversible, se solicita el reconocimiento de la prestación económica por gran invalidez, con efectos retroactivos desde el 23 de marzo de 2023. Dicha prestación es necesaria para remunerar a la persona que le brinda asistencia constante y garantizar su calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente es obtener el reconocimiento de gran invalidez y la correspondiente prestación económica por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Este reconocimiento implica que el trabajador no solo está incapacitado permanentemente para toda profesión (Incapacidad Permanente Absoluta), sino que también necesita la asistencia constante de una tercera persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria debido a sus graves limitaciones físicas y funcionales.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado se centra en demostrar, con informes médicos y legales, que el cliente ha sufrido un agravamiento irreversible de su estado de salud que lo incapacita totalmente y requiere asistencia permanente para actividades básicas. Además, se solicita el reconocimiento de la gran invalidez con efectos retroactivos desde el 23 de marzo de 2023, garantizando la prestación económica correspondiente.