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Procedimiento Administrativo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 17-10-2024
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Procedimiento Administrativo
- Número: 14187
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: COMPROBACIÓN DE VALORES, Procedimiento de comprobación de valores, PROCEDIMIENTO ECONÓMICO ADMINISTRATIVO, Reclamaciones económico-administrativas, TRIBUNALES ECONÓMICO ADMINISTRATIVOS
En este caso, el procedimiento se centra en una reclamación presentada por un contribuyente contra la liquidación provisional emitida por la Administración en concepto de comprobación de valores sobre dos inmuebles adquiridos. La Oficina Gestora inició este procedimiento el 15 de noviembre de 2021, notificando al contribuyente una propuesta de liquidación acompañada de la valoración de un perito de la Administración. Tras las alegaciones del contribuyente, la liquidación fue notificada oficialmente el 25 de enero de 2022, generando una deuda de más de 10 mil euros.
El contribuyente, representado por su abogado, impugnó esta liquidación ante el Tribunal Económico-Administrativo, solicitando su anulación por entender que se había producido una caducidad del procedimiento al haberse superado el plazo de seis meses para su resolución, conforme establece la Ley General Tributaria. Asimismo, el contribuyente alegó que la valoración realizada por la Administración era incorrecta y solicitó una pericial contradictoria que reflejara adecuadamente el valor de los inmuebles, teniendo en cuenta factores específicos como la ausencia de Inspección Técnica de Edificios y la existencia de contratos de renta antigua, los cuales afectan negativamente al valor de los bienes.
El Tribunal, al evaluar los argumentos y la normativa aplicable, concluyó que el procedimiento de comprobación de valores efectivamente había caducado al exceder el plazo legal de seis meses sin que se notificara la liquidación en dicho periodo. Como resultado, el Tribunal estimó la reclamación y anuló el acto impugnado por incumplimiento de los plazos establecidos en la normativa tributaria.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que se desestime la notificación de la liquidación recibida en concepto de comprobación de valores y anulación de la carta de pago.
La estrategia. Solución propuesta.
Interponer Recurso Económico Administrativo contra la liquidación de comprobación de valores argumentando la caducidad del procedimiento al haberse superado el plazo legalmente establecido.