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Contrato de préstamo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 10-07-2023
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
- Número: 14125
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: CLÁUSULAS ABUSIVAS, Defensa de consumidores y usuarios; cláusulas abusivas en la contratación bancaria, HIPOTECA, Indice de referencia de préstamos hipotecarios, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD
1. Demanda |
2. Allanamiento y contestación |
3. Alegaciones al allanamiento |
4. Auto inadmite el allanamiento |
5. Sentencia |
La parte actora ejercita, de forma principal, acción de nulidad de condición general de contratación, en concreto, de la Cláusula QUINTA, referente a gastos, obrante en la ESCRITURA DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO suscrita entre partes el 21 de marzo de 2016.
Solicita la nulidad al entender, en relación a la cláusula de gastos, que dicha cláusula fue predispuesta por la entidad bancaria, sin ser negociada individualmente, que está redactada de forma indeterminada y genérica, y que genera un importante desequilibrio entre las partes, ya que por dicha cláusula de gastos se impone al consumidor el abono de cantidades que competen a la entidad demandada, como son los gastos de registro, notaría y gestoría, cuya restitución por la entidad bancaria reclama, como consecuencia de la nulidad de la cláusula pretendida.
Fundamenta el demandante su pretensión en los artículos 5, 6, 7, 23, 31, 45, 52, 248, 249 y 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante LEC), artículos 1258, 1265, 1300, 1303 del Código Civil (en adelante, CC), artículos 2, 5, 7, 9,10 de la Ley de 13 de abril de 1998 sobre Condiciones Generales de la Contratación (en adelante LCGC), y artículos 59 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (en adelante TRLGDCU).
La demandada, por su parte, se allana parcialmente a la declaración de nulidad de la cláusula QUINTA relativa a los gastos y a sus efectos sólo y exclusivamente en relación a la escritura de préstamo hipotecario, y se opone al resto de las pretensiones de la actora, al plantear la excepción de falta de acción de la actora. En todo caso, defiende la validez de las cláusulas impugnadas, de las que indica fueron aceptadas voluntariamente por el actor, en el curso de una negociación individualizada entre las partes. De forma subsidiaria, alega prescripción respecto a la reclamación planteada de conformidad con la DT 5º de la Ley 42/2015, en relación con el artículo 1964 del CC.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que se declare la nulidad de la cláusula contractual financiera quinta. Subsidiariamente a lo anterior, que se condene a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de MIL DIECIOCHO EUROS Y SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (1.018,63€) como consecuencia del reconocimiento de nulidad de la cláusula quinta, de gastos a cargo del prestatario, que realiza extrajudicialmente la demandada.
La estrategia. Solución propuesta.
Interponer Demanda de juicio ordinario en acción de nulidad de Condiciones Generales de Contratación y condena al abono de las cantidades indebidamente cobradas, y subsidiaria de reclamación de cantidad de MIL DIECIOCHO EUROS Y SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (1.018,63€) más intereses.