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Civil
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 02-10-2020
- Materia: Derecho Internacional
- Especialidad: / Derecho Internacional / Civil
- Número: 14123
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: HIJOS MENORES, Menores, Sustracción internacional de menores; mecanismos de reclamación de los hijos. Ley aplicable a los derechos de guarda y de visita, Traslado de Domicilio Internacional, traslado internacional de domicilio social, TRIBUNALES TUTELARES DE MENORES
En este caso los progenitores se conocieron el 17 de diciembre. La relación comenzó de inmediato con una intensa atracción entre ambos. Al día siguiente ya almorzaron juntos, y la madre informó al padre de su intención de mudarse a España, lo cual él aceptó sin problemas. La madre tenía una fuerte vinculación con España desde 2004, cuando estudió diseño de interiores allí y trabajó en varios lugares relacionados con su profesión. Además, sus padres también pasaban tiempo en España.
La relación se deterioró, pero el 6 de enero de 2018 la madre descubrió que estaba embarazada y se lo comunicó al padre. Ambos acordaron que ella seguiría con sus planes de vivir en España, ya que el padre, debido a sus negocios, no podía asentarse en un solo lugar. Él nunca propuso formar una familia ni criar a la niña juntos y no se opuso a que la madre se trasladara a España.
El 10 de febrero de 2018, la madre, ya embarazada, se trasladó a España para comenzar con las gestiones de la mudanza. El padre estaba al tanto y no se opuso, incluso la acompañó al aeropuerto. La madre viajó a España varias veces más durante el embarazo. En una reunión con los padres de ella, el padre dejó claro que no deseaba participar en la vida de la futura hija.
La madre pasó la mayor parte del embarazo en España. El padre conocía la fecha prevista del parto, pero nunca se comunicó con la madre ni estuvo presente en el nacimiento el 20 de septiembre de 2018. No quiso que su nombre apareciera en el certificado de nacimiento.
El 27 de noviembre de 2018, la madre y su hija se trasladaron a España con el conocimiento y consentimiento del padre. Él sabía la dirección exacta y las características de la vivienda comprada por la madre en julio de 2018. La residencia estaba destinada a la madre y la hija.
En abril de 2019, el padre visitó a la madre y su hija por primera vez. Aunque pasó una noche en la casa de la madre, se alojó principalmente en la casa de los padres de ella. Durante su visita, no contribuyó económicamente al cuidado de la niña. A pesar de ver la integración de la madre y la hija en España, el padre no mostró interés en desempeñar un papel activo en la educación y cuidado de la niña ni en contribuir a los gastos. Prometió visitarlas ocasionalmente en España.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente es demostrar y documentar los puntos clave sobre la relación entre los progenitores, el nacimiento y la crianza de la niña, y la situación de residencia de la madre y la hija en España.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado se centra en la formulación de oposición a la solicitud de restitución de la menor en procedimiento de sustracción internacional.