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Precario
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Posesión / Precario
- Número: 14095
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: DESAHUCIO, La enervación de la acción de desahucio y la rehabilitación de los contratos de arrendamientos urbanos (artículo 70 de la LC)
El caso en cuestión se desarrolla en base a la recepción de un decreto del Juzgado de Primera Instancia de Madrid que resolvía un contrato de arrendamiento entre propietarios e inquilinos, ya que la cliente no había presentado oposición al desahucio dentro del plazo establecido. El desahucio estaba programado para el 11 de septiembre de 2023. Sin embargo, la cliente no pudo oponerse al desahucio a tiempo porque no había recibido la notificación correspondiente, lo que hacía prácticamente imposible detener el proceso.
Se presentó un Recurso de Revisión argumentando la nulidad de las acciones judiciales debido a la falta de comunicación, así como la condición de gran tenedora de la propietaria y la vulnerabilidad social de los clientes por falta de recursos económicos. Además, se demostró que había una menor de 7 años viviendo en la propiedad, lo cual se respaldó con pruebas. El Juzgado suspendió el lanzamiento tras la interposición del recurso, lo que permitió ganar tiempo para los clientes. A pesar de no haber recibido la demanda de desahucio y encontrarse en una situación vulnerable, lograron una moratoria que les permitió permanecer en la propiedad.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente es evitar el desahucio y mantenerse en la propiedad. Para lograrlo, buscan la suspensión del lanzamiento y obtener una moratoria que les permita permanecer en el inmueble.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste en interponer un Recurso de Revisión ante el Juzgado, argumentando la nulidad de las actuaciones judiciales debido a la falta de comunicación, así como destacando la condición de gran tenedora de la propietaria y la vulnerabilidad social de los clientes por falta de recursos económicos. Además, se busca demostrar la presencia de una menor de 7 años viviendo en la propiedad, respaldando esta afirmación con pruebas.