Lesiones y malos tratos en el ámbito familiar

Delito de maltrato en el ámbito de la violencia de género. Recurso de apelación. Recurso de casación


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 23-02-2023
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Jurisdicciones especiales / Juzgados de violencia contra la mujer / Lesiones y malos tratos en el ámbito familiar
  • Número: 14078
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Delito de maltrato y delito de lesiones en violencia de género, La prueba de la violencia de género., LESIONES CORPORALES, LESIONES EN EL ÁMBITO FAMILIAR, Violencia de género, VIOLENCIA DE GÉNERO

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
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  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Bilbao, 09-01-2022

El acusado Javier manifestó que el día 9 de enero de 2022 sobre las 2 horas estuvo con ella en el domicilio, que es de un amigo pero vive él allí. Ella no vive con él. Tuvieron una discusión pero negó las agresiones. Ella subió, se abalanzó sobre él. Cuando él le deja la puerta abierta para que entre, él está sentado en la cama y ella se abalanzó y por eso él levantó la rodilla. Quiso salir de la vivienda pero ella no le dejó. Estaban solos en el domicilio. Desconoce cómo se ha podido producir las lesiones, puede ser que en el forcejeo por defenderse se causara alguna lesión. Aclaró expresamente que no le dijo a la Policía “le he dado un bofetón, lo reconozco y lo lamento”.

Estrella manifestó que ese día estaba mareada y no recuerda bien lo que pasó. Aclaró que eran pareja y que se quedaba algunos días con él pero luego se iba a su casa. No reclama indemnización. Estrella fue atendida en centro médico presentando eritema en pabellón auricular, dolor en arcos costales laterales izquierdos y una leve tumefacción y erosión en la región pretibial. Se concluye que las lesiones son compatibles con el mecanismo de producción referido. Necesitó una asistencia facultativa y siete días no impeditivos.

Por estos hechos, Estrella presentó denuncia, ratificada en instrucción, por la que se le concedió una orden de protección. Sin embargo, en el juicio oral declaró no recordar nada de la agresión ya que estaba muy mareada ese día. Sí recordó haber acudido a la vivienda de Manuel y cree que allí se debió caer. No obstante, el acusado les refirió a los agentes haberle propinado un tortazo pese a haberlo negado en el acto de juicio, los agentes confirmaron estos hechos así como haber apreciado rojez en la cara de la víctima que también se observó en el centro médico.

El 4 de marzo de 2022 el Juzgado de lo Penal dictó Sentencia, fallando:

"CONDENAR a Javier como autor penalmente responsable, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito de maltrato en el ámbito de la violencia sobre la mujer (153.1CP), imponiéndole la pena de 35 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

En el caso de que el penado no prestara su consentimiento para el cumplimiento de esta pena, cumplirá la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

En ambos casos, se le impone igualmente la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de un año y un día.

En ambos casos se le impone igualmente la pena de prohibición de aproximarse a Estrella, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar frecuentado por ella o en el que se encuentre, a una distancia inferior a 200 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, todo ello por un período de un año y seis meses.

Todo ello con imposición de las costas procesales."

Contra esta Sentencia, Javier interpone Recurso de apelación.



Objetivo. Cuestión planteada.

La libre absolución de los cargos imputados.



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia seguida fue argumentar que no había pruebas suficientes mas que la declaración de la víctima, presente de reiteradas contradicciones.

Se invoca el principio "in dubio pro reo", por ser un caso en los que la duda surgida debe ser resuelta a favor del reo.



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