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Usufructo, uso y habitación
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-04-2023
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Derechos reales de goce / Usufructo, uso y habitación
- Número: 14076
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Concepto, Función y Constitución del usufructo, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, USUFRUCTO
La demandante, como nuda propietaria de la finca de autos, ejercita una acción de reclamación de cantidad por vía de reembolso por importe de 4.234,18 euros, correspondiente a los ejercicios de 2020 y 2021 con base en la obligación de contribuir a las cuotas comunes ordinarias a cargo de los demandados, que si bien se impone a los titulares de las distintas fincas registrales que forman parte de la Comunidad de Propietarios a la que pertenece el inmueble del que la actora es nuda propietaria y los demandados tienen la condición de usufructuarios, de conformidad con el artículo 9.1 e) LPH y el art. 553-45 del Codi Civil de Catalunya, y en concreto el artículo 553-5 CCCat que se refiere a una afectación real de los elementos privativos al pago de las cantidades que deben los titulares, entiende que en el marco de la relación interna el nudo propietario está legítimado para exigir el pago de dichas cuantías por ser el usufructuario el obligado al pago de las mismas.
Sostiene que los demandados, en tanto que usufructuarios de la finca de la que la actora es nuda propietaria, adeudan las cantidades mencionadas, que la parte demandante tuvo que satisfacer a la Comunidad de Propietarios ante el impago de los demandados, quienes desde el año 1996 habían venido abonando las cuotas ordinarias de la Comunidad de Propietarios de la finca, motivo por el que ahora reclama el reembolso de tales cantidades tras no haber prosperado la reclamación extrajudicial a los usufructuarios.
La parte demandada reconoce que hasta el año 2019 había pagado las cuotas ordinarias de la comunidad, pero discute que la obligación de pago de tales cuotas incumba a los usufructuarios, sosteniendo que si bien hay jurisprudencia que se pronuncia en ese sentido no hay ninguna norma legal que así lo preceptúe.
De igual modo, la actora aduce su derecho a la restitución de la posesión del inmueble, a causa de la conducta abusiva y perjudicial que le atribuye a los demandados -o la adopción de la medida de la administración judicial para el supuesto en que se considerase aplicable la legislación catalana y no la estatal- y, subsidiariamente, solo para el supuesto de desestimación de la acción de restitución, interesa que se condene a la parte demandada al pago de las cuotas ordinarias que se devenguen en el futuro.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que se desestime en su integridad todas las pretensiones contenidas en la Demanda.
La estrategia. Solución propuesta.
Contestar la Demanda argumentando que sus mandantes siempre han abonado los gastos ordinarios y extraordinarios, aunque no tenga la obligación de hacerlo por su condición de usufructuarios.