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Proceso Contencioso - Administrativo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 10-02-2015
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso - Administrativo
- Número: 14051
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ACCIÓN DE DEMOLICIÓN O DERRIBO DE OBRA RUINOSA, Demolición, Obras de demolición, Residuos de construcción y demolición
Con motivo de la realización, en su vivienda habitual, de obras consistente en el cerramiento de su porche sin la preceptiva licencia urbanística, se dicta, contra don Gustavo, una orden municipal de demolición.
Tras haberse presentado el correspondiente Escrito de interposición de recurso contencioso administrativo contra la orden de demolición de las mencionadas obras sin licencia, para su ventilación por el procedimiento ordinario, se dicta, por el Ayuntamiento, una orden de ejecución sustitutoria de la demolición.
Con el fin de mantener intactas las instalaciones durante la sustanciación del procedimiento judicial, se amplía el recurso contencioso administrativo a la ejecución sustitutoria de la orden de demolición, solicitando, simultáneamente, medidas cautelares de suspensión de la ejecución; medidas que son denegadas por el Juez mediante Auto recurrible en reposición.
Al día siguiente, el Secretario Judicial acuerda convertir el Procedimiento Ordinario a Procedimiento Abreviado, dándole, en consecuencia, la tramitación que procede conforme a la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; es decir, la no recurribilidad en recurso de apelación, de la sentencia que se dicte en primera instancia.
A pesar de que el pie de recurso del Auto del Juez indica que es recurrible en recurso de reposición, se formula recurso de apelación, que se resuelve mediante Auto denegando la admisión a trámite del mencionado recurso de apelación, por incumplir, dicho recurso, los requisitos establecidos en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Objetivo. Cuestión planteada.
Combatir, con éxito, el Auto del juzgado, de fecha de 09-01-2015, que deniega la admisión a trámite del recurso de apelación formulado contra el Auto de 17-12-2014, que desestima la solicitud de suspensión cautelar de la ejecución de la orden de demolición.
La estrategia. Solución propuesta.
Presentar, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Recurso de Queja contra el Auto del juzgado, de fecha de 09-01-2015, que deniega la admisión a trámite del recurso de apelación formulado contra el Auto de 17-12-2014, que deniega la solicitud de suspensión cautelar de la ejecución de la orden de demolición.