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Sucesiones
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 10-10-2023
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Sucesiones
- Número: 14050
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Adquisición de la herencia, Captación de voluntad en el testamento, HERENCIA, La división de la herencia, SUCESIÓN TESTADA, TESTAMENTO NOTARIAL ABIERTO
La parte actora ejercita acción de reclamación de cantidad de 28.164,68 euros, más intereses legales y costas en base a los siguientes hechos:
En fecha 29 de septiembre de 2011 tuvo lugar el fallecimiento de Don Paco, habiendo otorgado testamento ante el Notario, con fecha de 7 de junio de 2001. En dicho documento testamentario el causante manifestaba :“Que está viudo de sus únicas nupcias de la que tiene dos hijas llamadas: Doña Inés y Doña Jimena.
De esta manera, habiendo fallecido previamente Doña Jimena, hija del causante, se tienen como únicas herederas forzosos
existentes en la herencia, a las hoy actores, las hijas de Doña Jimena y nietas de Don Paco, y su tía Doña Inés, la demandada.
A continuación en la Demanda se mantiene que las herederas demandantes han tenido recientemente noticia de:
- Que existía una cuenta corriente en el Banco, titularidad de Don Paco que no fue repartida en la herencia.
- Que la heredera demandada, cotitular de dicha cuenta, estuvo disponiendo del dinero que había en la misma con posterioridad a su fallecimiento, todo ello sin haber dejado autorización el causante para ello.
- Que el inmueble que heredaron codemandantes y demandada y que vendieron el pasado 22 de marzo de 2019 estuvo arrendado desde el año 2011, antes de la muerte del causante, hasta el momento de la venta y las demandantes nunca recibieron la parte proporcional que les correspondía como propietarias de dicho inmueble
- Que la renta correspondiente al alquiler del inmueble se depositaba en la cuenta corriente precitada hasta el cierre de la misma en 2015.
Por lo que las demandantes reclaman el reintegro de las cantidades indebidamente dispuestas, por la demandada, a la masa patrimonial a fin de poder llevar a cabo una correcta división y adjudicación de herencia sobre el total de las cantidades que han de formar el caudal relicto de la causante y poder cumplir así con lo dispuesto según el testamento otorgado por Don Paco ante el Notario, otorgándoles a las actoras la mitad de las mismas que corresponden a 16.164,68.-€., más las cantidades percibidas por el arrendamiento de la vivienda heredada en régimen de copropiedad (12.000.-€) en aplicación de la doctrina del enriquecimiento injusto, la cantidad total de VEINTIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO EUROS CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (28.164,68.-€).
Objetivo. Cuestión planteada.
Conseguir el reintegro al haber hereditario de 16.164,68.-€ y las cantidades adeudadas percibidas por el arrendamiento de la vivienda heredada en régimen de copropiedad 12.000.-€, por parte de la demandada.
La estrategia. Solución propuesta.
Interponer Demanda de Acción de reintegro a la masa hereditaria de las cantidades indebidamente dispuestas con acumulación de acción de reclamación de cantidad.