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Procedimiento Administrativo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 26-09-2023
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Procedimiento Administrativo
- Número: 14028
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Beneficios fiscales, BENEFICIOS FISCALES, Derecho financiero y tributario, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, Reclamaciones económico-administrativas, Reclamaciones económico-administrativas, Tributario
El 28 de enero de 2022, se notificó a Doña Jimena la apertura de un procedimiento de comprobación limitada en relación con la declaración del IRPF del ejercicio 2020, requiriéndose información que acreditase la reducción del 30 por ciento declarada de los rendimientos del trabajo.
Doña Jimena dio contestación a dicho requerimiento, argumentando la reducción del 30% en su declaración anual del IRPF.
Dicho procedimiento puso fin con la Resolución con Liquidación Provisional, notificada en fecha 12 de julio de 2022, donde la Agencia Tributaria desestimó las alegaciones de Doña Jimena, y dictó que la contribuyente debería ingresar 20.359,02 euros, como resultado de la cuota de 19.607,62 euros de las diferencias entre su declaración y la liquidación realizada por la Administración, más 751,40 euros por intereses de mora.
Doña Jimena abonó la resolución e interpuso reclamación económico-administrativa contra la Resolución con liquidación provisional.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que se anule la Resolución con liquidación provisional y se dicte resolución por la que se admita la aplicación de la reducción del 30 por ciento sobre los rendimientos íntegros del trabajo.
La estrategia. Solución propuesta.
- Presentar reclamación económico-administrativa contra la resolución de liquidación provisional que se emitió, justificando la aplicación de la reducción del 30% prevista en el artículo 18.2 de la ley del IRPF.