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Estafa
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 11-03-2022
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Estafa
- Número: 13969
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: De las estafas, De las falsedades, De las falsedades documentales, ESTAFA, FALSEDADES DOCUMENTALES, INSOLVENCIA PUNIBLE
Los querellantes adquirieron a medio de contrato de compraventa del pasado 21.11.17 el vehículo. La compraventa fue formalizada a medio de contrato con la mercantil Mecánica3 SL, en la que se indicaba que poseía 92.300 kilómetros, lo que fue destacado y determinante para concretarse el precio de compra.
Siendo lo cierto que además de que el vehículo desde el mismo momento de su compra no estaba ni mucho menos en correcto estado ni de lejos, se constato en los meses de septiembre y octubre de 2.018, a la vista de las sospechas evidenciadas, a medio de comunicado de la propia casa Audi que al menos en la fecha de la compra el turismo tendría unos 200.000 kilómetros, dato que se revela no solo por lo anterior sino por datos obrantes en la Jefatura Provincial de Trafico, lo que revela que incluso el cuentakilómetros fue alterado en al menos dos ocasiones.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente es que se acuerde y decrete el sobreseimiento y archivo de la causa por insuficiencia probatoria.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado es alegar la imposibilidad de atribuir la autoría de los hechos probados, las dos manipulaciones del kilometraje, a sus clientes.