Contrato de préstamo

Demanda de acción de nulidad de condición general de la contratación y de condena al reintegro de la cantidad indebidamente cobrada por la entidad bancaria en concepto de gastos de hipoteca.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 27-04-2023
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
  • Número: 13961
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, gastos hipoteca, HIPOTECA, Las condiciones generales de la contratación, PRÉSTAMO

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
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  • Argumentos
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  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 24-07-2018

Don Pedro demanda al banco reclamando que sea anulada la cláusula que le obliga al pago de los gastos de constitución hipoteca por ser abusiva, así como también la devolución de las cantidades que el banco ha cobrado indebidamente en concepto de gastos de Notaria, Registro de la Propiedad, Gestoría, etc.

El banco se allana parcialmente a sus pretensiones y discute el asunto de las costas.

En la Audiencia Previa, Don Pedro modifica la demanda en base a la nueva jurisprudencia, tanto en los relativo a los gastos de constitución de hipoteca, como al tema de costas, toda vez que la demanda se presentó en el 2018 y la Audiencia Previa se ha celebrado en abril de 2023.



Objetivo. Cuestión planteada.

1. Se declare la nulidad de la cláusula:

a) Quinta "Gastos a cargo de la parte prestataria" del otorgamiento y tramitación de la escritura de novación y ampliación de préstamo hipotecario suscrito entre ambas partes en fecha 18 de Mayo de 2011, impuesta a Don Pedro por la demandada, en concreto a lo relativo a los gastos notariales, registrales, y de gestoría, (recogida en la Página 40 de la escritura pública que hemos aportado como documento 1) y que establece literalmente lo siguiente:

"Cuantos gastos y tributos sean consecuencia del otorgamiento y tramitación de esta escritura pública, de su inscripción registral y de la expedición de la certificación exigida en la cláusula Tercera, así como los derivados de los afianzamientos personales prestados por terceros, que en el futuro acuerden en aseguramiento de todas las obligaciones que se deriven de este contrato, serán de la exclusiva cuenta de la parte prestataria"

b) Y de la Cláusula Adicional en lo que respecta a los GASTOS que modifica a todos los efectos sin carácter retroactivo el contenido de los pactos establecidos en la escritura de préstamo objeto de modificación, en las posibles escrituras de novación del mismo y en la presente, en concreto respecto a los gastos (recogida en la página 45 de la escritura pública que hemos aportado como documento 1) que establece:

”Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria, todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, tramitación de escrituras, modificación incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía y ejecución de este contrato..... Así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía hipotecaria y de otras garantías incluso los afianzamientos personales prestados por terceros, que en el futuro acuerden en aseguramiento de todas las obligaciones que se deriven de este contrato, siendo igualmente a su cargo las primas y demás gastos correspondientes al seguro de daños que la parte prestataria se obliga a tener vigente en las condiciones expresadas en el contrato...."

2. Se condene a la entidad financiera demandada a eliminar dicha condición general del contrato impuesta en la escritura de novación y ampliación del préstamo con garantía hipotecaria en los términos expresados en el apartado anterior, en concreto en lo relativo a los gastos notariales, registrales y de gestoría.

3. Se condene a la demandada al reintegro de las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de la cláusula de gastos a cargo de la parte prestataria impugnada y que ascienden a la cantidad de NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO (939,78 €) desglosados de la siguiente manera:

a. Gastos de Notario ---> 586,88 €.
b. Gastos de Registro de la Propiedad --> 158,20 €.
c. Gastos de Gestoría ---> 194,70 €.

4. Se condene a la demandada al abono de los intereses legales devengados.

5. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.



La estrategia. Solución propuesta.

Interpone demanda de acción de nulidad de condición general de la contratación y de condena al reintegro de la cantidad indebidamente cobrada por la entidad bancaria en concepto de gastos de hipoteca, haciendo las alegaciones pertinentes al efecto.



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