Estafa

Recurso de casación contra sentencia AP por quebrantamiento de forma, infracción de precepto constitucional e infracción de ley (delito de estafa agravado en concurso medial con un delito continuado de falsedad de documento oficial).


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 16-02-2023
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Estafa
  • Número: 13918
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: CONCURSO DE DELITOS, Delito, ESTAFA, FALSEDADES DOCUMENTALES

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 24-03-2021

Macro causa seguida contra una empresa cooperativa y sus trabajadores, dedicados a la venta al por menor en mercadillos ambulantes. La fase de instrucción comenzó en 2011; en el año 2014 pasó a Procedimiento Abreviado. Finalizada la instrucción y fase intermedia, en 2018 se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Jaén para enjuiciamiento. Tras varios incidentes y recursos, la AP Jaén acordó la división de la continencia de la causa, conservando la competencia respecto de los que denomina “cabecillas” de la organización (cuatro acusados) y ordenando el reparto de los trabajadores en grupos de diez para su enjuiciamiento ante los Juzgados de lo Penal de Jaén. Celebrada la vista respecto de los “cabecillas”, la Audiencia Provincial de Jaén dictó sentencia condenatoria para dos de los acusados, absolviendo a los otros dos.

Posteriormente se interpone recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia provincial de Jaén por quebrantamiento de forma, infracción de precepto constitucional e infracción de ley.



Objetivo. Cuestión planteada.

Se dicte sentencia por la que, estimando todos o alguno de los motivos que anteceden, declare haber lugar al recurso de casación interpuesto, casando y anulando la sentencia impugnada y devolviendo la causa a la Audiencia Provincial de Jaén en caso de que fueren estimados los motivos segundo y/o tercero del presente recurso para que, reponiéndola al estado que tenía cuando se cometió la falta, la sustancie y termine con arreglo a derecho. Y para el caso de no ser estimados los motivos por quebrantamiento de forma, estime todos o alguno de los motivos primero, cuarto o quinto del presente recurso y, previa modificación en su caso de los hechos declarados probados por la sentencia recurrida, dicte a continuación, pero separadamente, sentencia conforme a derecho, por la que se absuelva libremente a los acusados con todos los pronunciamientos favorables, declarando las costas de oficio.



La estrategia. Solución propuesta.

Interponer recurso de casación realizando las alegaciones pertinentes al efecto.



Cantidad de casos completos visualizados en el mes: