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Ejecución forzosa
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Procesal civil / Ejecución forzosa
- Número: 13899
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: EJECUCIÓN DINERARIA, EJECUCIÓN NO DINERARIA, Legitimación pasiva, OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN
1. Demanda de ejecución de Auto |
2. Oposición Lucía y Carlos |
3. Oposición Rebeca |
4. Auto |
5. Recurso de Apelación |
6. Oposición a apelación, Lucía y Carlos |
7. Oposición a apelación, Rebeca |
Juan cedió los carnet de los abonos a Carlos y Lucía, sus hijos Carlos y Lucía. Más tarde, presenta una demanda de ejecución de un Auto frente ellos, estableciendo este Auto el reconocimiento de la titularidad real del vehículo Range Rover a Juan así como de los abonos de los carnets del equipo de fútbol. Asimismo, este indica que la Sra. Rebeca restituirá ambos bienes a su titular.
Siendo Lucía menor de edad en el momento de la demanda (y ambos en el momento de la cesión), su madre Rebeca representa a Lucía. La pretensión que se ejerce Juan en la demanda de ejecución del Auto es que se devuelvan los abonos de los carnets del club de fútbol y, en contrario, se le indemnice con la cantidad abonada para la adquisición de los mismos o en su defecto el importe de lo que costasen adquirir unos idénticos o similares en la actualidad, como justa compensación económica, más las costas procesales que se devenguen con ocasión de la presente ejecución.
Objetivo. Cuestión planteada.
Se devuelvan los abonos de los carnets del equipo de fútbol, y subsidiariamente, en el supuesto de que no le fueran devueltos, se le indemnice con la cantidad abonada por Juan para la adquisición de los mismos o en su defecto el importe de lo que costasen adquirir unos idénticos o similares en la actualidad, como justa compensación económica, más las costas procesales que se devenguen con ocasión de la presente ejecución.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado es la siguiente:
- Alegar que no se disponía de los abonos, ya que el titular real era Juan, siendo Carlos y Lucía menores de edad sin capacidad jurídica para domiciliar ni pagar el importe de ellos. Lo único que disponían los hermanos eran carnets del equipo sin abono, no siendo tampoco propiedad de Rebeca.
- Siendo así, el importe total fue abonado siempre por Juan, quien al divorciarse dejó de pagar la cuota anual, perdiendo los derechos inherentes a los carnets de abono.
- En cuanto a Rebeca, el abogado afirma falta de legitimidad pasiva de ésta.
- Las partes no llegaron al acuerdo contenido en el Auto