Otros contratos

Demanda de juicio ordinario contra entidad bancaria de acción de nulidad de obligaciones subordinadas.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 15-03-2023
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Otros contratos
  • Número: 13834
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: BANCA, DEPÓSITO DE VALORES, DEPÓSITO DE VALORES, Entidades bancarias, ENTIDADES FINANCIERAS, Sistema financiero

SUMARIO

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Cataluña, 08-06-2021

Don Gilberto y Don Javier contraen con la entidad bancaria REDBANK S.A. un contrato de Administración y Depósito de Valores, y por considerar nula la contratación de obligaciones subordinadas por haberse prestado el consentimiento viciado por error, además, de la contravención de obligaciones contractuales y precontractuales y de obligaciones y deberes legales, interponen demanda.



Objetivo. Cuestión planteada.

Se dicte sentencia por la que:

I.- Respecto de la contratación de 13 obligaciones subordinadas ordenada el 20-07-2011:

a) Declare la nulidad relativa o anulabilidad por error vicio en el consentimiento del contrato de adquisición -formalizado mediante Orden de Valores de fecha 20-07-2011- de trece (13) suscrito por la parte actora y, como consecuencia de ello y en aplicación del artículo 1303 CC, condene a REDBANK, S.A. a devolver a la actora el importe total invertido en dicho producto financiero, esto es, trece mil euros (13.000,00-€), más los intereses legales devengados desde la fecha de la inversión incrementados en dos puntos desde la fecha de la Sentencia en aplicación del artículo 576 LEC; deduciéndose de esta cantidad los frutos o rendimientos percibidos por la actora derivados de la rentabilidad del producto financiero más los intereses legales desde las fechas de percepción de los rendimientos hasta la fecha de la Sentencia.

b) Subsidiariamente, declare que REDBANK S.A. incumplió y/o contravino sus obligaciones legales y/o contractuales en la comercialización a la parte actora de trece (13) suscritas por los actores mediante Orden de Valores de 20-07-2011, y, en consecuencia y en aplicación del artículo 1101 CC, condene a REDBANK S.A. a indemnizar los daños y perjuicios causados a la parte actora por dicho incumplimiento de sus obligaciones, indemnización que se cifra en el importe total invertido en el producto financiero contratado, esto es, en trece mil euros (13.000,00-€), más los intereses legales devengados desde la fecha de la reclamación extrajudicial incrementados en dos puntos desde la fecha de la Sentencia en aplicación del artículo 576 LEC; deduciéndose de esta cantidad los frutos o rendimientos percibidos por la actora derivados de la rentabilidad del producto financiero más los intereses legales desde las fechas de percepción de los rendimientos hasta la fecha de la Sentencia.

II.- Respecto de la contratación de 2 obligaciones subordinadas de fecha 19-04-2013:

a) Declare la nulidad relativa o anulabilidad por error vicio en el consentimiento del contrato de adquisición de DOS (2) suscrito por la parte actora, adquisición anotada el 19-04-2013 en la cuenta de valores titularidad de Don Gilberto y Don Javier y, como consecuencia de ello y en aplicación del artículo 1303 CC, condene a REDBANK S.A. a devolver a la actora el importe total invertido en dicho producto financiero, esto es, dos mil noventa y cinco euros con siete céntimos de euro (2.095,07.-€), más los intereses legales devengados desde la fecha de la inversión incrementados en dos puntos desde la fecha de la Sentencia en aplicación del artículo 576 LEC; deduciéndose de esta cantidad los frutos o rendimientos percibidos por la actora derivados de la rentabilidad del producto financiero más los intereses legales desde las fechas de percepción de los rendimientos hasta la fecha de la Sentencia.

b) Subsidiariamente, declare que REDBANK S.A. incumplió y/o contravino sus obligaciones legales y/o contractuales en la comercialización a la parte actora de dos (2) adquiridas por los actores, adquisición anotada el 19-04-2013 en la cuenta de valores titularidad de los actores, y, en consecuencia y en aplicación del artículo 1101 CC, condene a REDBANK S.A. a indemnizar los daños y perjuicios causados a la parte actora por dicho incumplimiento de sus obligaciones, indemnización que se cifra en el importe total invertido en el producto financiero contratado, esto es, en dos mil noventa y cinco euros con siete céntimos de euro (2.095,07.-€), más los intereses legales devengados desde la fecha de la reclamación extrajudicial incrementados en dos puntos desde la fecha de la Sentencia en aplicación del artículo 576 LEC; deduciéndose de esta cantidad los frutos o rendimientos percibidos por la actora derivados de la rentabilidad del producto financiero más los intereses legales desde las fechas de percepción de los rendimientos hasta la fecha de la Sentencia.

III.- Respecto de la contratación de 14 obligaciones subordinadas de fecha 23-04-2013:

a) Declare la nulidad relativa o anulabilidad por error vicio en el consentimiento del contrato de adquisición de catorce (14) suscrito por la parte actora, adquisición anotada el 23-04-2013 en la cuenta de valores titularidad de los actores y, como consecuencia de ello y en aplicación del artículo 1303 CC, condene a REDBANK S.A. a devolver a la actora el importe total invertido en dicho producto financiero, esto es, catorce mil seiscientos setentaisiete euros con setentaicinco céntimos de euro (14.677,75-€), más los intereses legales devengados desde la fecha de la inversión incrementados en dos puntos desde la fecha de la Sentencia en aplicación del artículo 576 LEC; deduciéndose de esta cantidad los frutos o rendimientos percibidos por la actora derivados de la rentabilidad del producto financiero más los intereses legales desde las fechas de percepción de los rendimientos hasta la fecha de la Sentencia.

b) Subsidiariamente, declare que REDBANK S.A. incumplió y/o contravino sus obligaciones legales y/o contractuales en la comercialización a la parte actora de catorce (14) adquiridas por los actores, adquisición anotada el 23-04-2013 en la cuenta de valores titularidad de los actores, y, en consecuencia y en aplicación del artículo 1101 CC, condene a REDBANK S.A. a indemnizar los daños y perjuicios causados a la parte actora por dicho incumplimiento de sus obligaciones, indemnización que se cifra en el importe total invertido en el producto financiero contratado, esto es, en catorce mil seiscientos setentaisiete euros con setentaicinco céntimos de euro (14.677,75-€), más los intereses legales devengados desde la fecha de la reclamación extrajudicial incrementados en dos puntos desde la fecha de la Sentencia en aplicación del artículo 576 LEC; deduciéndose de esta cantidad los frutos o rendimientos percibidos por la actora derivados de la rentabilidad del producto financiero más los intereses legales desde las fechas de percepción de los rendimientos hasta la fecha de la Sentencia.

VI.- Respecto de las Costas:

a) Condene a la parte demandada al pago de las costas causadas en este procedimiento, conforme al art 394 LEC.



La estrategia. Solución propuesta.

Interponer demanda haciendo las alegaciones pertinentes y aportando las pruebas que consideraba necesarias.



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