Obligaciones y contratos

Contratación de seguro por parte de cooperativa que entrega viviendas.


  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos
  • Número: 13697
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: COMPAÑÍA DE SEGUROS, Contrato de seguro, Cooperativas de Viviendas, CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS, INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, RECURSO DE APELACIÓN

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Sevilla, 06-06-2007

La actora se adhirió a una cooperativa de viviendas con el objeto de adquirir una unidad residencial en un complejo geriátrico al que trasladar su residencia en la tercera edad. A cuenta del precio de esta vivienda, la actora adelantó más de 30.000 euros. Cuando la actora realizó sus aportaciones, la Cooperativa no había contratado aún el preceptivo seguro de la Ley 57/1968, en garantía de dichas entregas a cuenta, que fue contratado meses después de la firma del contrato por parte de la actora.

Ante el incumplimiento de la Cooperativa en la entrega de la vivienda, la actora demandó a la aseguradora por considerar que el seguro de la Ley 57/1968 no puede limitar ni temporal ni cuantitativamente las cantidades aseguradas. Por parte del Juzgado de Primera Instancia se dictó sentencia desestimando la Demanda, al entender que el seguro no preveía su retroactividad y, por tanto, no garantizaba las entregas a cuenta realizadas con anterioridad a su contratación.

La actora recurrió en apelación, estando pendiente de resolver el mismo, al entender que la sentencia dictada en primera instancia es contraria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa a la imposibilidad de excluir cantidades de la garantía prevista de la Ley 57/1968.



Objetivo. Cuestión planteada.

Que se condene a la aseguradora al pago de las cantidades devengadas en concepto de garantía así como los intereses devengados de las mismas. Todo ello debido a que la cooperativa ha incumplido sus obligaciones contractuales. 



La estrategia. Solución propuesta.

El abogado ante el incumplimiento contractual por parte de la cooperativa, decide reclamar las cantidades que habían sido anticipadas por Doña Lucía como garantía. La cooperativa, debía tener contratado un seguro con el que protegía los anticipos, siendo esta la responsable de la devolución de las cantidades adeudadas. Es por ello, que doña Lucía, reclama a la compañía aseguradora el pago tanto de las cantidades abonadas como los intereses devengados de las mismas. 



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