Seguridad Social

Demanda en reclamación de prestaciones de la Seguridad Social correspondientes al grado de incapacidad permanente absoluta. Síndrome de fatiga crónica.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-01-2022
  • Materia: Derecho Social
  • Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social
  • Número: 13518
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: CONCURRENCIA DE PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INCAPACIDAD PERMANENTE, Seguridad Social

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

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  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Lleida, 17-12-2019

Doña Mercedes, actora, fue examinada por el Institut Català d'Avaluacions Mèdiques, que el 24/9/2019 dictaminó que presentaba “Síndrome fatiga crónica. Fibromialgia. Tendinosis del supraespinoso derecho. Distimia”, concluyendo “Sin Presunción IP” y señalando como observaciones que “Teniendo en cuenta la profesión de la paciente, y sin menospreciar las posibles limitaciones para el esfuerzo, éste no es un requerimiento para desarrollar su profesión habitual”. Posteriormente, el 25/9/2019 la CEI emitió dictamen-propuesta en el sentido de proceder la no calificación del trabajador como incapacitado permanente, por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral.

El 25/9/19 el INSS dictó resolución denegando a la actora la prestación de incapacidad permanente “Por no alcanzar, las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente, según lo dispuesto en el art. 194 de la Ley General de la Seguridad Social”. Disconforme con dicha resolución, la actora interpuso RECLAMACIÓN PREVIA el 6/11/2019, que fue desestimada. La actora prestaba servicios como empleada de banca para la entidad bancaria, donde causó baja el 26/7/2017 por causa de despido disciplinario (transgresión de buena fe contractual, abuso de confianza y disminución voluntaria y continuada del trabajo), alcanzando con dicha entidad un acuerdo en sede de conciliación administrativa.

Posteriormente, puso una DEMANDA con fecha de 17/12/2019 con el fin de que la incapacidad permanente absoluta le sea reconocida. El juez del Juzgado de lo Social de Lleida desestima la DEMANDA aplicando la doctrina expuesta y considerando las dolencias declaradas probadas en el relato fáctico, cabe concluir que la situación actual que presenta la demandante, considerada en su conjunto, no es determinante del derecho al reconocimiento de la incapacidad permanente que se DEMANDA, en ninguno de sus grados.

La actora interpone un recurso de suplicación contra la SENTENCIA del Juzgado de lo Social de Lleida que es admitido y estimado por el Tribunal Superior de Justicia.



Objetivo. Cuestión planteada.

Que estimándose la DEMANDA interpuesta por Doña Mercedes se anule y revoque la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Reconociendo consecuentemente el grado de incapacidad permanente absoluta derivada de la contingencia de enfermedad común con derecho a percibir la correspondiente prestación económica resultante de tal situación.



La estrategia. Solución propuesta.

Las afecciones sufridas por Doña Mercedes, son incompatibles para el ejercicio de las funciones como empleada de banca.

  • Síndrome de fatiga crónica grado III, con criterios de fukuda.
  • Síndrome fibromiálgico grado III, FIQ ALTO y 18/18 puntos gatillo.
  • Tendinosis hombro derecho.
  • Osteoporosis.
  • Espondilosis lumbar con degeneración múltiple discal (L3-L4 y L4-L5).
  • Trastorno ansioso depresivo.



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