Robo

Supuesto Delito de Robo con Fuerza en las cosas. Sobreseimiento Provisional.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 11-12-2018
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Robo
  • Número: 10710
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: El robo con fuerza en las cosas, ROBO CON FUERZA

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

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  • Prueba
  • Resolución judicial

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Coslada, 27-03-2016

El día 28 de Marzo de 2016 el vigilante de Seguridad ,Don Eusebio, realiza una llamada al Cuerpo Nacional de Policía en la cual indica que acaba de observar una furgoneta blanca rotulada y con matrícula M-2019-PJ, de la que se han bajado dos varones, introduciéndose ambos en una campa de camiones la cual se encuentra cerrada por una valla. Cuando las patrullas llegan al lugar, observan a los dos individuos manipulando la caja de un camión. Al advertir la presencia policial inician la huida a pie, iniciándose la búsqueda de ambos. Uno de ellos, Don Antonio, es localizado tirado en el suelo junto a las vías del tren, escondido entre los arbustos y con una capucha para cubrirse la cara, guantes, linternas y tijeras escondidas entre sus ropas. Tras un cacheo más enhaustivo se le encuentra dinero en efectivo y tres teléfonos móviles. El segundo de ellos, Don Eduardo,  es localizado dentro de la furgoneta propiedad de Don Gonzalo,al volante;  tras un cacheo se le encuentran guantes de cristalero, dinero en efectivo, dos teléfonos móviles y la llave de un domicilio.

Tras comprobar la campa se encuentra que uno de los camiones tiene forzada la caja contenedora.

Ambos detenidos alegan que no cometieron ningún delito, Don Antonio alega que la noche de los hechos estaba en una parada de autobús esperando y que no conoce de nada al otro detenido.

Don Eduardo manifiesta que sí es cierto que la policía le localizó en el interior de una furgoneta, propiedad de un amigo, pero que acababa de dejar a una chica en el polígono, a una prostituta y que ya se iba para casa.

El testimonio del vigilante es vago y confuso. El Juez entiende que no existen datos objetivos que permitan concluir que las dos personas detenidas fueran las autoras de un supuesto delito de robo con fuerza, ni siquiera en grado de tentativa, puesto que las grabaciones de las cámaras de seguridad no resultan útiles en ese sentido.

El dueño de la furgoneta testifica afirmando que ese día le prestó la furgoneta a Don Eduardo.

En cuanto a las partes perjudicadas, la mercantil propietaria del camión indicó que el camión no había surido daños,la compañía de seguros no va a reclamar ya que la empresa supuestamente perjudicada no tiene contratada la póliza "garantía voluntaria de robo".

El Juzgado acuerda el sobreseimiento provisional del procedimiento contra Don Antonio y Don Eduardo.

 



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo de los clientes es que sean absueltos del delito de robo con fuerza en las cosas del que son acusados.



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia se fundamenta en la declaración tomada a los investigados, perjudicados, al vigilante de seguridad, al propietario de la  furgoneta, y en el visionado de la grabación de las cámaras de seguridad.



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