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Legados
Entrega de Legado de cosa especifica mediante escritura pública otorgada ante Notario.
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Sucesiones / Sucesión testada / Legados
- Número: 733
- Tipo de caso: Caso Extrajudicial
- Voces: Escritura publica, Legados
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Barcelona, 07-10-2000
El supuesto de hecho se inicia el 07 de octubre de 2000, fecha de defunción de la Dña. María. La causante estaba casada con D. José y tenía dos hijas, Dña. Laura y Dña. Sandra.
Dña. María falleció bajo testamento en el que disponía, entre otros, un legado a favor de D. José consistente en:
- La plena propiedad de la mitad indivisa de una casa sita en Barcelona.
- Las acciones que poseía en la sociedad “X”.
Además, nombraba herederas universales de todos sus bienes por partes iguales, a sus dos hijas, Dña. Laura y Dña. Sandra.
En fecha 22 de marzo de 2001, ambas herederas, antes de otorgar la Escritura de entrega de legado, otorgan Escritura de aceptación y manifestación de herencia, inventariando los bienes que integran la misma.
Dña. María falleció bajo testamento en el que disponía, entre otros, un legado a favor de D. José consistente en:
- La plena propiedad de la mitad indivisa de una casa sita en Barcelona.
- Las acciones que poseía en la sociedad “X”.
Además, nombraba herederas universales de todos sus bienes por partes iguales, a sus dos hijas, Dña. Laura y Dña. Sandra.
En fecha 22 de marzo de 2001, ambas herederas, antes de otorgar la Escritura de entrega de legado, otorgan Escritura de aceptación y manifestación de herencia, inventariando los bienes que integran la misma.
Objetivo. Cuestión planteada.
Los clientes son D. José y sus hijas Dña. Laura y Dña. Sandra, y su objetivo es claro y preciso:
- Por un lado, dar cumplimiento a la voluntad de la Dña. María y entregar los bienes que ésta dispuso en su testamento a favor del D. José, en concepto de legado.
- Por otro lado, son de máxima importancia los impuestos, que dependerán de la valoración que se le dé al bien inmueble que se adjudica a D. José y que deberá ser lo más baja posible. Para ello, se puede acudir a los cuadros informativos que publica la Generalitat de Cataluña sobre coeficientes multiplicadores aplicables en el municipio de Barcelona, sobre el valor catastral del bien inmueble, para obtener el valor mínimo a integrar en la base imponible del impuesto de sucesiones para que, en principio, no sean objeto de inspección fiscal y declaraciones complementarias.
- Por un lado, dar cumplimiento a la voluntad de la Dña. María y entregar los bienes que ésta dispuso en su testamento a favor del D. José, en concepto de legado.
- Por otro lado, son de máxima importancia los impuestos, que dependerán de la valoración que se le dé al bien inmueble que se adjudica a D. José y que deberá ser lo más baja posible. Para ello, se puede acudir a los cuadros informativos que publica la Generalitat de Cataluña sobre coeficientes multiplicadores aplicables en el municipio de Barcelona, sobre el valor catastral del bien inmueble, para obtener el valor mínimo a integrar en la base imponible del impuesto de sucesiones para que, en principio, no sean objeto de inspección fiscal y declaraciones complementarias.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste en preparar una Escritura de entrega de legado ante Notario, donde se describan y adjudiquen los bienes que debe recibir D. José, y posteriormente liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y la plusvalía municipal.
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