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Procedimiento Administrativo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 18-07-2001
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Procedimiento Administrativo
- Número: 8338
- Tipo de caso: Caso Extrajudicial
- Voces: COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE, Comprobación de valores, Hacienda Pública, TRIBUTOS
Doña Consuelo llevó a cabo una compraventa en 1996 por valor de adquisición 8.500.000 pesetas. Con motivo de la misma, le fue girada notificación y liquidación de comprobación de valores, por precio de 9.900.000 pesetas. Doña Consuelo consideraba que la notificación de valores girada era nula de pleno de Derecho, ya que la Administración Tributaria debía explicar adecuadamente las razones que tuvo en cuenta a la hora de comprobar el correspondiente valor.
Además debió notificarse esta comprobación de forma independiente al de la liquidación, como actos autónomos el uno del otro.
Objetivo. Cuestión planteada.
La clienta es Doña Consuelo y su objetivo es que se declare nula la comprobación de valores efectuada por la Administración.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado pasa por la alegación de la nulidad de pleno Derecho de las actuaciones, así como la imposibilidad de retroacción de las mismas, adjuntando jurisprudencia y prueba documental.