Derecho Deportivo

Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo al empresario. Despido indirecto de futbolista profesional.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 29-05-2012
  • Materia: Derecho Deportivo
  • Especialidad: / Derecho Deportivo
  • Número: 7492
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Carta de despido, Despido improcedente, Despido nulo, INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, Indemnizaciones por cese o despido del trabajador, Lucro cesante, SALARIOS DE TRAMITACIÓN
Descripción:
- Demanda de despido indirecto por incumplimiento grave de las obligaciones del empleador y cobro de prestaciones laborales. - Convenio de Transferencia Club B y Club A. - Carta de Club X manifestando su intención de ofertar US$800.000 por don Pedro. - Carta de don Pedro comunicando al Club B la oferta del Club X. - Carta del Club B dirigida a don Pedro y su representante. - Carta de despido indirecto suscrita por don Pedro. - Contestación de la demanda de despido indirecto y demanda reconvencional. - Sentencia definitiva en procedimiento laboral de aplicación general. Formulario: Demanda por despido improcedente


SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Santiago de Chile, 29-12-2011

El 1 de enero del año 2010, don Pedro –futbolista profesional- fue transferido desde el Club A al Club B. Con motivo de la celebración del respectivo contrato de transferencia de derechos federativos y derechos económicos entre los clubes (en el cual se transfería el 50% de los derechos económicos del jugador al Club B), se estipuló que en caso de recibirse una oferta igual o superior a US$800.000.- por los derechos federativos y económicos del jugador, el club B estaría obligado a aceptar dicha oferta. En esa misma fecha se firmó también el respectivo contrato de trabajo entre don Pedro y su nuevo club, el Club B. Es importante mencionar que luego de dicha transferencia, el Club B tenía el 50% de los derechos económicos don Pedro, el Club A el 20% y el Club C otro 20%, manteniendo don Pedro el 10% de estos derechos en su poder.

El día 29 de diciembre de 2011, el Club X,  hace llegar a don Pedro, por medio de su representante, una carta con una oferta para la adquisición del 100% de los derechos federativos y económicos del jugador, por la suma total de US$800.000. El día 30 de diciembre de 2011, don Pedro, por intermedio de su representante, pone en conocimiento de su actual club, el club B, la oferta del Club X, a fin de que procediera inmediatamente a la suscripción del contrato de transferencia de don Pedro al Club X.

Con fecha 02 de enero de 2012, el Club B, informa a don Pedro y su representante, por medio de carta, que no tiene obligación alguna de proceder en la forma que el jugador indica en su carta, y recuerda a don Pedro que tiene contrato vigente hasta el fin de la temporada del año 2014.

Ante esta negativa, con fecha 06 de enero de 2012, don Pedro procede a enviar una carta al Club B, informándole que con dicha fecha procedía a poner término al contrato de trabajo que los ligaba, fundado en que la no aceptación de la oferta del Club X de fecha 29 de enero de 2011, estando estipulada, constituía un grave incumplimiento de las obligaciones que imponía el contrato de trabajo

Con fecha 11 de enero de 2012, don Pedro, interpone demanda laboral, por despido indirecto, en contra del Club B, solicitando el pago de las remuneraciones pactadas hasta el fin del contrato, por concepto de lucro cesante, y reclamando los 6 primeros día de remuneración del mes de enero.

Con fecha 25 de enero don Pedro firma contrato de trabajo con el Club Z, de Perú.

El inicio de los hechos es el día 29 de diciembre de 2011, puesto que es la fecha de la oferta hecha por el Club X por los derechos federativos y económicos de don Pedro, lo que desencadena todos los hechos posteriores.

 



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo de don Pedro, es lograr dar término a su actual contrato de trabajo con el Club B, de forma justificada, a fin de incorporarse al Club X, que había hecho una oferta por sus servicios.



La estrategia. Solución propuesta.

Ante la negativa del Club B de aceptar la oferta del Club X, la estrategia jurídica es acusar el incumplimiento de la obligación de aceptar la oferta de igual o superior a los US$800.000.- que estaba contenida en el convenio de transferencia de don Pedro del Club A al Club B, para posteriormente presentar una demanda laboral a fin de que un tribunal declarare el incumplimiento de contrato del Club B, y decretara en consecuencia, la libertad de acción del futbolista.



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