Procedimiento Administrativo

Procedimiento sancionador. Error en catálogo de publicidad. Cliente reclama contra agencia de viajes por no cumplir con el descuento contenido en una oferta publicada por dicha agencia.




  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 12-07-2000
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Procedimiento Administrativo
  • Número: 2570
  • Tipo de caso: Caso Extrajudicial
  • Voces: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
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  • Argumentos
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  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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Descripción:

1.- Resolución de procedimiento sancionador dictada por la Direcció General de Turisme de la Generalitat de Catalunya. 2.- Notificación sobre los términos legales para recurrir la resolución de la Direcció General de Turisme de la Generalitat de Catalunya o, alternativamente, cumplir voluntariamente con la sanción impuesta.

Documentos originales presentados



El caso


Supuesto de hecho.
Almuñécar (Granada), 25-10-1998
El supuesto de hecho se inicia el 25 de octubre de 1998, cuando la Direcció General de Turisme del Departament d´Indústria, Comerç i Turisme recibió una reclamación contra la agencia de viajes HOTEL, S.A., interpuesta por Dña. María.

Dña. María solicitó la reserva de una habitación doble para dos personas en el hotel ZZZ de Almuñécar (provincia de Granada) para siete noches del 5 al 12 de septiembre, otorgando previamente una cantidad dineraria en concepto de paga y señal.

En la publicidad se indica que los clientes se benefician de un 25% de descuento, pero cuando Dña. María acude a la agencia para efectuar la reserva, ésta no admite el descuento alegando un error en la publicidad. Es entonces cuando Dña. María interpone una reclamación ante Direcció General de Turismo.



Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la agencia de viajes, HOTEL, S.A., y su objetivo es que la Direcció General de Turisme dicte resolución por la que se declare que no ha cometido infracción ninguna, sin proceder, consecuentemente, sanción pecuniaria alguna.


La estrategia. Solución propuesta.
El letrado basará su defensa en que la publicidad era errónea, que no engañosa. Además, insistirá en que el cliente ya había sido informado de dicho error.
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