Entrada y salida del territorio español

Extranjería. Recurso solicitando suspensión de orden de expulsión. Derecho procesal. Posible caducidad de la acción.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 22-07-2008
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Extranjería / Entrada y salida del territorio español
  • Número: 1596
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: APODERAMIENTO, Extranjería, REPRESENTACIÓN LEGAL, REPRESENTACIÓN PROCESAL, Turno de oficio
Descripción:
1.- Decreto de expulsión 2.- Demanda contencioso-administrativo contra el decreto de expulsión incoado a Don Pedro de fecha 27 de febrero de 2006. 3.- Auto de 8 de marzo de 2007 dictado por el Juzgado Contencioso-Administrativo 1 de Barcelona que procede a declarar la caducidad del derecho, dando por terminado el procedimiento y ordenando su archivo. 4.- Recurso de apelación contra el auto de 8 de marzo de 2007. 5.- Sentencia de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya desestima el recurso de apelación interpuesto en nombre de Don Pedro contra el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona de fecha 8 de marzo de 2007 con imposición de costas de esta alzada a la parte apelante.


SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Barcelona, 07-09-2005
El supuesto de hecho se inicia el 7 de septiembre de 2005 en Barcelona, por ser el día en que los funcionarios de Grupos Operativos de la Policía Nacional denuncian ante la Brigada Provincial de Extranjería y Documentación a D. Pedro por carecer del documento que ampare su estancia en España.

Esta denuncia comporta la adopción, por parte de la referida Brigada, del acuerdo de iniciación del procedimiento administrativo sancionador, conforme al artículo 53 a) de la Ley Orgánica 4/2000, en su redacción dada por Ley Orgánica 14/2003, que deriva finalmente en el decreto de expulsión de fecha  27 de febrero de 2006 de D. Pedro, prohibiéndosele la entrada en España por un periodo de 4 años.

El decreto de expulsión es recurrido en vía judicial con la interposición del pertinente recurso contencioso-administrativo.


Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es D. Pedro su objetivo es que se estime el recurso contencioso-administrativo, por cuanto el acto administrativo que se recurre es nulo de pleno derecho por infracción del art. 62 de la Ley 30/92 en relación con el 54 y 57 de la Ley de Extranjería.


La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia principal del abogado se basa en solicitar la nulidad del acto administrativo y subsidiariamente la sustitución de la sanción de expulsión por la multa económica por cuanto:

1º.- En los casos de permanencia ilegal, la Administración, según los casos, puede imponer o bien la sanción de multa o bien la sanción de expulsión.

2º.- En el sistema de la Ley la sanción principal es la de multa, pues así se deduce del art. 55.1 y de la propia literalidad del art. 57.1 de la ley 4/2000.

3º.- En cuanto sanción más grave y secundaria la expulsión requiere una motivación específica y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal, ya que ésta es castigada simplemente con multa. Según lo que dispone el art. 53.3 (que alude a la graduación de las sanciones, pero que ha de entenderse que resulta aplicable también para elegir entre multa y expulsión) la Administración ha de especificar, si impone la expulsión, cuáles son las razones de proporcionalidad, de grado de subjetividad, de daño o riesgo derivado de la infracción y, en general, cuáles son las circunstancias jurídicas o fácticas que concurran para la expulsión y prohibición de entrada, que es una sanción más grave que la multa.

 



Cantidad de casos completos visualizados en el mes: