Contrato de préstamo

Nulidad condiciones generales de la contratación y reintegro de las cantidades abonadas indebidamente. Cláusulas abusivas. Condiciones generales d ella contratación. Cláusula suelo.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 03-07-2019
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
  • Número: 12796
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Tratamiento de la cláusula suelo en la jurisprudencia española. La Sentencia del Pleno de la Sala I del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013. El Auto de aclaración de 3 de Junio de 2.013., CLÁUSULA SUELO, CLÁUSULAS ABUSIVAS, Cláusulas abusivas: concepto y requisitos, Cláusulas impuestas por la parte. Condiciones generales de la contratación. Concepto, tipos y alcance de la normativa, Concepto de cláusula suelo. La inclusión de una cláusula suelo en contratos y escrituras de crédito., Concepto de contrato de préstamo, y de garantía hipotecaria. Contrato constitutivo y requisitos de formalización. Competencia, CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, Contenido del préstamo hipotecario. El tipo de interés. La moneda en que está expresado el préstamo., Defensa de consumidores y usuarios; cláusulas abusivas en la contratación bancaria, El contrato de préstamo, El contrato de préstamo bancario, En particular, cláusulas abusivas en escrituras de préstamos hipotecarios, La capacidad de imponer condiciones generales de contratación de manera unilateral. Compensación mediante el Derecho, La interpretación de las condiciones generales de la contratación y de las cláusulas abusivas, Las condiciones generales de la contratación, PRÉSTAMO, Tratamiento de la cláusula suelo en la jurisprudencia española. La Sentencia del Pleno de la Sala I del Tribunal Supremo de 9

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Santa Cruz de Tenerife, 07-06-2006

El día 7 de Junio de 2006 los ahora demandantes y la entidad bancaria demandada suscriben un contrato de préstamo hipotecario que ascendía a un importe de 140.000€, fijándose un plazo de amortización de 360 meses. 

A ojos de la parte demandante, el préstamo obejto de la presente litis posee condiciones generales de la contratación impuestas unilateralmente en las que no ha mediado negociación individual alguna, condiciones que se han visto traducidas en cláusulas abusivas, en especial, la conocida como suelo y que ha generado como resultado el desembolso de cantidades indebidas. 

Frente a esto, la parte demandante el día 30 de Enero de 2017 acuden al Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria demandada como consecuencia de estas disconformes con la aplicación del tipo de interés que se estaba efectuando por esta, pero el día 9 de Junio de 2017 reciben un escrito en el que se manifestaba que la cláusula suelo supera el control de transparencia, no pudiendo así declararse nula. 

Como consecuencia de no haber podido solventar la problemática de manera "amistosa", la parte demandante se ve olbigada a recabar el auxilio judicial mediante la interposición de la presente Demanda instando la nulidad de las condiciones generales de la contratación y reclamación de las cantidades abonadas de manera indebida. 



Objetivo. Cuestión planteada.

Que la cláusula objeto de la presente litis (suelo) sea declarada nula y consecuentemente, se les devuelva las cantidades de dinero abonadas indebidamente en aplicación de esta. 



La estrategia. Solución propuesta.
  • Demostrar que nos encontramos frente a condiciones generales de la contratación impuestas unilaterlamente por la entidad ahora demandada en su propio beneficio en las que no ha mediado negociación individual alguna.
  • Demostrar que los ahora demandantes y en aplicación de la cláusula objeto de la presente litis se han visto olbigados a abonar cantidades dinerarias de manera indebida, produciéndose así un daño o perjuicio en su patrimonio.


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